Conforme a lo previsto en el artículo 4° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones las circulares DDU tienen como propósito, impartir instrucciones sobre la aplicación de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza General. En el desarrollo de sus contenidos se aborda la aplicación general de una determinada disposición sin vincularla con un caso específico.
DDU-ESP 088-07 PERMISOS, APROBACIONES Y RECEPCIONES, FUSION. Aplicación arts. 1.2.2. y 3.1.3. OGUC
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DDU-ESP 003-09 aplicación artículo 63 LGUC, plazo de vigencia beneficio de incremento de densidad y aplicación por una vez
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DDU-ESP 008-10 para subdividir y fusionar simultáneamente dos o más predios, el propietario debe ser uno sólo, pudiendo estar constituido por una persona natural o por varias personas naturales y/o jurídicas, ART. 3.13.
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