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Llamado para Mejoramiento de Condominios Sociales VIGENTE

Llamado Nacional 2026 para Proyectos de Mejoramiento de Bienes Comunes en Condominios de Viviendas Sociales

Este llamado está destinado a financiar proyectos de mejoramiento de bienes comunes en condominios de viviendas sociales, y permite realizar obras de reparación, mejoramiento, normalización y recuperación de espacios y elementos compartidos que presenten deterioro, mejorando la seguridad, habitabilidad y calidad de vida de las familias que habitan en estos conjuntos habitacionales. El proceso se desarrolla en el marco del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el D.S. N°27 (V. y U.) de 2016.

Dirigido a las comunidades residentes en condominios de viviendas sociales certificados como objeto de atención del programa para el desarrollo de proyectos de mejoramiento de bienes comunes, en las regiones de:

  • Coquimbo
  • Maule
  • Ñuble
  • Los Ríos
  • Los Lagos
  • Magallanes y de la Antártica Chilena

Las fechas para que las Entidades Patrocinantes (EP) puedan digitar la postulación, elaborar los proyectos, realizar ingreso de carpeta a SERVIU, así como el período para la evaluación de los proyectos serán definidas y comunicadas mediante Oficio por la División de Política Habitacional del MINVU. Asimismo, esta información se dará a conocer oportunamente en www.minvu.cl.

La selección de beneficiarios deberá realizarse a más tardar el 11 de diciembre de 2026.

Ser un Condominio de Vivienda Social certificado por la SEREMI respectiva como objeto de atención del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios (D.S.27).

Contar con una antigüedad superior a 10 años desde la recepción final emitida por la Dirección de Obras Municipales correspondiente.

Los condominios que presenten deterioro estructural o problemas en redes de servicios deberán priorizar proyectos destinados a resolver dichas deficiencias.

Cumplir con las demás condiciones establecidas en el D.S. N°27 (V. y U.) de 2016 y en la resolución N°1000 de 2026.

Acreditar el ahorro mínimo exigido conforme al artículo 88 del D.S. N°27. En algunos casos, también será aplicable el ahorro señalado en el artículo 86 del mismo decreto.

Tipo de Condominio Tipo de Proyecto 1° Selección en el Programa 2° o posterior selección en el programa
Condominios de Viviendas Sociales Mejoramiento de Bienes Comunes 1 U.F. 2 U.F.

Tratándose de condominios de viviendas sociales emplazados en comunas que cuenten con planes de prevención y/o descontaminación atmosférica vigentes, los proyectos que incorporen obras de Acondicionamiento Térmico y/o Eficiencia Energética o Hídrica, si incrementan los subsidios de acuerdo con el monto señalado en el artículo 98 del D.S.27, deben incrementar el ahorro en el equivalente a 0,5 UF por postulante, por cada Tipo de Proyecto.

Los proyectos deberán cumplir las exigencias técnicas, estándares e itemizados vigentes establecidos por MINVU.

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Documentos del Llamado

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