Beneficios Vivienda

Programa de mejoramiento de viviendas y barrios
PROYECTOS PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDA

¿En qué consiste el Programa?

Capítulo III
D.S. N°27

El Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios busca mejorar la calidad de vida de las familias que habitan en áreas o localidades urbanas de más de 5 mil
habitantes.

Los proyectos a financiar con este subsidio están destinados a reparar y/o mejorar la calidad de los bienes comunes de condominios de vivienda que presentan deterioro y a apoyar a las comunidades para el adecuado uso y administración de dichos bienes en el marco de la nueva Ley N° 21.442 sobre Copropiedad Inmobiliaria.

¿Qué tipo de proyectos se pueden realizar?

Tipo de Proyecto Ejemplos Tipo de Condominio Ahorro 1ª selección Ahorro 2ª selección
Mejoramiento de bienes comunes Áreas verdes y equipamiento; cierres perimetrales; obras en ascensores, escaleras
y/o circulaciones, obras en fachadas y/o muros; obras de iluminación; redes de servicio; obras de refuerzo estructural: acondicionamiento térmico; eficiencia energética e hídrica; obras de accesibilidad
Condominios de Viviendas Sociales No aplica No aplica
Condominios de Viviendas Económicas 3 UF por unidad 6 UF por unidad
Ampliación de la vivienda en copropiedad Obras destinadas a aumentar la superficie construida de las unidades que conforman un condominio de viviendas sociales. Las obras podrán ejecutarse en todas las viviendas que componen una copropiedad, o bien parcialmente por sectores o
bloques.
Condominios de Viviendas Sociales 5 UF por unidad No aplica

¿Cómo se financian los proyectos?

Como se financia

¿Quiénes pueden postular a este subsidio?

La postulación a esta alternativa es de carácter colectivo y pueden hacerlo:
Proyectos de mejoramiento de bienes comunes

  • Condominios de Viviendas Sociales con más de 5 años de antigüedad, ya sea formalizados por la nueva Ley N°21.442, sobre copropiedad inmobiliaria, o sin
    formalizar, mediante una organización funcional, que servirá de antecedente para la formalización de la copropiedad durante la ejecución de las obras. En esta última modalidad, solo se puede postular a obras de mejoramiento.
  • Condominios de Viviendas Económicas, es decir aquellos financiados o construidos por instituciones fusionadas en el IPS, cooperativas o municipalidades y/o aquellos que presenten graves condiciones de deterioro, con más de 15 años de antigüedad.

Proyectos de ampliación de la vivienda en copropiedad

  • Condominios de Viviendas Sociales con más de 5 años de antigüedad, que se encuentren formalizados por la Ley N°21.442, sobre copropiedad inmobiliaria.

Requisitos para postular a los proyectos

  • Estar certificado como Condominio Objeto del programa por la seremi de Vivienda de su región.
  • Contar con el ahorro mínimo de acuerdo a la alternativa de postulación, acreditándolo mediante un depósito a plazo, el que corresponderá al ahorro de todas las unidades de vivienda del condominio. También es posible acreditar el ahorro en libreta de ahorro individual, cuando el condominio no se encuentra formalizado.
  • Condominios Formalizados: Contar con la documentación necesaria para acreditar la representación del Comité de Administración y RUT otorgado por el SII.
  • Condominios No formalizados: Contar con la documentación necesaria para acreditar la vigencia y la representación de la organización funcional creada para este efecto.

Paso a paso del proceso de postulación

  • La Comunidad de Copropietarios elige una Entidad Patrocinante (EP) y, en conjunto, realizan el proceso de Diagnóstico Constructivo, priorizando las obras a realizar, y Diagnóstico Socio-Jurídico, identificando el trabajo a realizar con la organización, de acuerdo a la nueva Ley de Copropiedad N° 21.442.
  • La EP presenta antecedentes a la seremi para certificar la Copropiedad como Objeto del Programa. Posteriormente la EP inicia el diseño del proyecto y la asesoría para que la comunidad elija a la empresa constructora.
  • La EP ingresa la postulación en el sistema de postulación Minvu, se aplican los factores de prelación y se definen los condominios habilitados para presentar expedientes en el Serviu.
  • Las EP presentan los expedientes de los proyectos habilitados en el Serviu, donde son revisados y se define si son proyectos calificados.
  • El Minvu asigna subsidios a los proyectos que se encuentren calificados (aprobados) por el Serviu.

Vigencia del subsidio

Quienes obtengan este subsidio tendrán los siguientes plazos para aplicarlo:

  • 12 meses para proyectos de Mejoramiento de Bienes Comunes.
  • 24 meses para proyectos de Ampliación de la Vivienda en Copropiedad.

*Para mayor información descargue el material informativo de este programa.

Folletos

DS27 folleto capitulo III
PDF - (144 Kb)

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