Programa Mejoramiento de Viviendas y Barrios

Llamado nacional en condiciones especiales año 2026 “Proyectos de Mejoramiento de Condominios Sociales” (Capítulo III, D.S.27) VIGENTE

Llamado Nacional 2026 para Proyectos de Mejoramiento de Bienes Comunes en Condominios de Viviendas Sociales

Este llamado está destinado a financiar proyectos de mejoramiento de bienes comunes en condominios de viviendas sociales, y permite realizar obras de reparación, mejoramiento, normalización y recuperación de espacios y elementos compartidos que presenten deterioro, mejorando la seguridad, habitabilidad y calidad de vida de las familias que habitan en estos conjuntos habitacionales. El proceso se desarrolla en el marco del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el D.S. N°27 (V. y U.) de 2016.

Dirigido a las comunidades residentes en condominios de viviendas sociales certificados como objeto de atención del programa para el desarrollo de proyectos de mejoramiento de bienes comunes, en las regiones de:

  • Coquimbo
  • Maule
  • Ñuble
  • Los Ríos
  • Los Lagos
  • Magallanes y de la Antártica Chilena

Las fechas para que las Entidades Patrocinantes (EP) puedan digitar la postulación, elaborar los proyectos, realizar ingreso de carpeta a SERVIU, así como el período para la evaluación de los proyectos serán definidas y comunicadas mediante Oficio por la División de Política Habitacional del MINVU. Asimismo, esta información se dará a conocer oportunamente en www.minvu.cl.

La selección de beneficiarios deberá realizarse a más tardar el 11 de diciembre de 2026.

Ser un Condominio de Vivienda Social certificado por la SEREMI respectiva como objeto de atención del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios (D.S.27).

Contar con una antigüedad superior a 10 años desde la recepción final emitida por la Dirección de Obras Municipales correspondiente.

Los condominios que presenten deterioro estructural o problemas en redes de servicios deberán priorizar proyectos destinados a resolver dichas deficiencias.

Cumplir con las demás condiciones establecidas en el D.S. N°27 (V. y U.) de 2016 y en la resolución N°1000 de 2026.

Acreditar el ahorro mínimo exigido conforme al artículo 88 del D.S. N°27. En algunos casos, también será aplicable el ahorro señalado en el artículo 86 del mismo decreto.

Tipo de Condominio Tipo de Proyecto 1° Selección en el Programa 2° o posterior selección en el programa
Condominios de Viviendas Sociales Mejoramiento de Bienes Comunes 1 U.F. 2 U.F.

Tratándose de condominios de viviendas sociales emplazados en comunas que cuenten con planes de prevención y/o descontaminación atmosférica vigentes, los proyectos que incorporen obras de Acondicionamiento Térmico y/o Eficiencia Energética o Hídrica, si incrementan los subsidios de acuerdo con el monto señalado en el artículo 98 del D.S.27, deben incrementar el ahorro en el equivalente a 0,5 UF por postulante, por cada Tipo de Proyecto.

Los proyectos deberán cumplir las exigencias técnicas, estándares e itemizados vigentes establecidos por MINVU.

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Documentos del Llamado

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