En esta sección usted encontrará una serie de preguntas y respuestas frecuentes, que hemos construido a partir de las consultas recepcionadas en el espacio Contáctenos de este Portal Web.
Para facilitar el acceso a la información se han dividido según temáticas de interés.
Al Juzgado de Policía Local de la comuna correspondiente al domicilio del ciudadano, las denuncias deberán ser fundadas y acompañarse los medios probatorios de que se disponga (Artículo 20 LGUC).