DS49
También denominado de Urbanización y Construcción en dos Fases, busca, disponer de terrenos loteados y urbanizado de manera rápida y efectiva. En el mismo sentido, establece una modalidad de desarrollo de proyectos habitacionales en dos fases, loteo y urbanización, y luego construcción de viviendas, con el objetivo de acelerar la habilitación de suelo y reducir los tiempos de ejecución, permitiendo anticipar la disponibilidad de terrenos urbanizados y mejorar la eficiencia en la implementación de proyectos.
Está dirigido principalmente a municipios, SERVIU, entidades patrocinantes y organizaciones sin fines de lucro, que desarrollen proyectos habitacionales colectivos para grupos organizados de familias, incorporando mecanismos flexibles como autoconstrucción asistida e industrialización, y un esquema de financiamiento integral orientado a destrabar la gestión de suelo y facilitar la materialización de soluciones habitacionales
Llamado año 2026 en condiciones especiales, del DS49 para proyectos de construcción en nuevos terrenos con autoconstrucción asistida e industrialización.
Dispuesto por Resolución Exenta N° 682, de (V. y U.), del 05/05/2026 (publicada en Diario Oficial el 12/05/2026).
Postulación en la alternativa de postulación COLECTIVA para Proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos, de hasta 300 viviendas, en todas las regiones del país.
Pueden postular los proyectos habitacionales antes mencionados, que cuenten con Calificación a los cierres mensuales que se disponen en las siguientes fechas: 28 mayo, 6 agosto, 8 octubre y 3 diciembre 2026.
En cuanto a los recursos destinados al llamado, no se encuentran regionalizados, el total para el país es de 1.067.967 UF.
Serán seleccionados aquellos proyectos que cuenten con Certificado de Proyecto Calificado, ya sea definitivo o condicional, otorgado por el SERVIU conforme al procedimiento establecido en la presente resolución, considerando el orden y la fecha en que obtuvieron dicha calificación, hasta el agotamiento de los recursos disponibles a nivel nacional. El proceso de selección se efectuará en las fechas de cierre definidas para el llamado, considerando los proyectos que cuenten con calificación a dichas fechas, y será formalizado mediante resoluciones del Ministro de Vivienda y Urbanismo.
| Tramo de calificación socioeconómica según RSH | Ahorro mínimo (UF) |
|---|---|
| 40% | 10 |
| 50% a 90% | 15 |
Para la conformación de los proyectos postulantes colectivos se debe considerar lo siguiente:
Además, el llamado incorpora flexibilidades en la conformación:
De acuerdo a la vulnerabilidad acreditada, los postulantes contaran con el siguiente financiamiento diferenciado:
| Tramo de calificación socioeconómica según RSH | Monto subsidio regiones de Arica y Parinacota, de Tarapacá, de Antofagasta, de Atacama, las comunas de Juan Fernández e Isla de Pascua en la Región de Valparaíso, la provincia de Palena en la Región de Los Lagos, las localidades de Isla Mocha e Isla Santa María de la Región del Biobío así, como las regiones de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y de Magallanes y Antártica Chilena (UF) | Monto subsidio territorios no incluidos en columna anterior (UF) |
|---|---|---|
| Hasta el 70% | 1020 UF | 920 UF |
| 80% y 90% | 720 UF | 620 UF |
¿Qué se debe hacer para optar al subsidio del Fondo Solidario de Elección de Vivienda en esta modalidad?
Entra a Preguntas Frecuentes para conocer más sobre cómo postular.
Resolución Exenta N° 682, de (V. y U.), del 05/05/2026, para Construcción de CNT en dos Fases
PDF - (1564 Kb)
Resolución Exenta N° 7.115, (V. y U.), de 2015 que regula la ejecución de subsidios mediante el procedimiento de Autoconstrucción Asistida (ACA)
PDF - (606 Kb)
Resolución Exenta N° 59, (V. y U.), de 2023 que establece un protocolo de revisión y aprobación de las Viviendas Tipo Industrializadas.
PDF - (1428 Kb)
Declaración Jurada de Autoconstrucción. Se trata de la misma declaración jurada que deben firmar todos los postulantes al Programa según lo establece la letra i) del artículo 3 del DS49, (V. y U.), de 2011 (DJ49-2), a la cual se le agregó un párrafo para postulantes que apliquen este procedimiento. Eso, según lo dispone el resuelvo 2) de la Resolución Exenta N°7.115, (V. y U.), de 2015
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Oficio N° 1059 (V. y U.), Protocolo FTO para proyectos habitacionales Industrializados
PDF - (550 Kb)
Cuadro Normativo Abreviado
PDF - (388 Kb)
Protocolo Fiscalización Proyectos Industrializados
PDF - (197 Kb)