Cerrada

DS49

Llamado a postulación colectiva, en condiciones especiales del DS49, para la adquisición de terrenos y el desarrollo de proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos CERRADO

El Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda está destinado a familias que no poseen vivienda y viven en situación de vulnerabilidad social. Este apoyo del Estado en este Llamado especial permite construir una vivienda sin crédito hipotecario en sectores con buenas localizaciones, en áreas centrales de las ciudades con acceso a servicios, equipamientos y bienes urbanos.

El llamado está dirigido a comités y cooperativas para que, con apoyo de un subsidio especial y de su ahorro, adquieran un terreno factible y bien localizado, en forma previa al desarrollo de un proyecto de construcción en nuevos terrenos.

Esta convocatoria está especialmente dirigida para que esos grupos puedan financiar la adquisición de un terreno, que se ubique en áreas específicas en todas las regiones del País, en el que posteriormente se pueda construir un proyecto de hasta 299 viviendas o 480 en la Región Metropolitana, en los que, a lo menos un 90% de ellas, cumpla con la densidad neta mínima de viviendas por hectárea definida en la Resolución Exenta N° 2.478, (V. y U.), de 2015.

Llamado a postulación colectiva, en condiciones especiales del DS49, para la adquisición de terrenos y el desarrollo de proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos

Dispuesto por Resolución Exenta N°1.014, (V. y U.), del 29 de mayo de 2023, (Publicada en el Diario Oficial el 03/06/2023)

Postulación COLECTIVA. Pueden postular comités de vivienda, Cooperativas cerradas de vivienda y cooperativas abiertas de vivienda de todas las regiones del país. Deben contar con una Entidad Patrocinante con convenio marco vigente. Y deben presentar los antecedentes que se exigen en el llamado y obtener un Comprobante de Postulación Aceptada.

Pueden postular los grupos antes mencionados, que ingresen los antecedentes correspondientes al día 22 de junio de 2023, 18 de julio de 2023 y 19 de octubre de 2023, obteniendo un Comprobante de Postulación Aceptada, conforme a la siguiente distribución de recursos, por región:

REGIÓN COMUNA ÁREA RECURSOS (UF)
Arica y Parinacota Arica Polígono conformado por Calle General Pedro Lagos desde San Marcos esquina Av. Chacabuco gira hasta Manuel Blanco Encalada, gira hasta Esmeralda, gira hasta  Gral. Lagos, gira hasta Independencia, gira hasta Av. Santa Maria, gira hasta proyección calle Luis Vicentini, gira hasta calle Angamos, gira hasta Av. José Victorino Lastarria, gira hasta calle Almirante Latorre, gira hasta calle Rómulo Peña, gira hasta Av. Alejandro Azola, gira hasta Av. Renato Rocca, gira por fondos de la  Población Santa Rosa, Limite Sur de las Poblaciones Santa Rosa, Ampliación Santa Rosa, Cabo Aroca, Campo Verde III hasta pasaje Rene Schneider, gira hasta intersección  Iglesia de San Francisco, gira hasta Av. Las Torres Norte, gira hasta Psje Los Ruiseñores, gira hasta Av. Las Torres Sur, gira hasta Psje Arquitecto Agustín Caballero, gira hasta calle Iglesia de la Merced, gira hasta Limite urbano Oriente de la ciudad, gira hasta calle Los Cisnes, gira hasta Calle Allipen, gira hasta intersección con borde de Rio San José, gira por Limite Norte caja Rio San José hasta Puente Pasaje Atacama, Puente peatonal entre Pasaje Atacama  hasta Juan Antonio Rios, gira hasta Agustín Edwards, gira hasta Abraham Medina, gira hasta Rómulo Peña, gira hasta Daniel Copaja, gira hasta Av. 18 de Septiembre, gira hasta Caupolicán, gira hasta Av. José Victorino Lastarria, gira hasta Pedro Aguirre Cerda, gira hasta Av. 18 de Septiembre, gira hasta Arturo Gallo, gira hasta Av. Rafael Sotomayor, gira hasta Los Molles, gira hasta San Antonio, gira hasta Longotoma, gira hasta Curiñanco, gira hasta Tejas Verdes, gira hasta continuación Tejas Verdes, por Cartagena hasta Llolleo, gira hasta Corral, gira hasta Las Cruces, gira hasta Av. Rafael Sotomayor, gira hasta continuación calle Atlántida, gira hasta Cabo de Hornos, gira hasta Mar Rojo, gira hasta Mar Negro, gira hasta continuación de Mar Negro, gira hasta Miramar, gira hasta Camino al Morro, por Fondo de sitios de Población Cerro La Cruz y El Morro hasta Pasaje Fuerte Ciudadela, gira hasta Marcos, gira hasta Gral. Pedro Lagos. 100.000
Tarapacá Iquique Polígonos Z1 Norte y Z2 Centro, definidos en la Resolución Exenta N° 1.414, (V. y U.), de 2021 100.000
Antofagasta Antofagasta Polígono conformado por Eje calzada Calle Zenteno desde Avda 7° de Linea con Calle Iquique, Eje Calzada Calle Iquique desde Calle Zenteno hasta Calle Montevideo, Eje Calzada Calle Montevideo desde Calle Iquique hasta Calle Vadivia, Eje de Calzada Calle Valdivia desde Calle Montevideo hasta Calle Matta, Eje de calzada Calle Matta, desde Calle Valdivia a Avda. Andres Sabella, Eje de calzada Avda. Andres Sabella/ Avda M. Rodriguez desde calle Matta hasta Calle Prat, Eje Calzada Calle Prat desde Avda Manuel Rodriguez hasta Avda Balmaceda, Eje Calzada Oriente Avda 7° de Linea/Avda Balmaceda desde Calle Prat hasta Calle Zenteno 100.000
Atacama Copiapó Polígono conformado por las calles Luis Flores- Costanera Sur – Ruta 5 – Copayapu – Batallones de Atacama – Juan Martínez – Alameda Juan Antonio Matta – Circunvalación 100.000
Polígono conformado como eje principal la Avenida Los Carrera, entre las calles Carlos Van Buren – Kinray – Ignacio Carrera Pinto y Leónidas Perez
Coquimbo La Serena Avenida Gabriela Mistral – Avenida Cuatro Esquinas – Avenida Guillermo Ulriksen – Prolongación Braulio Arenas Carvajal – Proyección Avenida 2 – Avenida Cuatro Esquinas – Avenida Guillermo Ulriksen – Los Arrayanes – Escritor Enrique Lihn – Los Arrayanes – Escritor Enrique Lihn – Los Plátanos – Avenida Alberto Arenas Carvajal – Calle El Milagro. 100.000
Avenida Colo Colo – Calle 103 – Límite Urbano conformado por los Puntos 7 y 8 del PRC de La Serena – Avenida Las Parcelas.
Valparaíso Valparaíso Zona de Conservación Histórica definida en el Plan Regulador Comunal vigente 150.000
Viña del Mar Terrenos urbanos emplazados a 1.500 metros, medidos en línea recta desde su punto más cercano hasta el acceso a una estación del sistema de transporte “Metro de Valparaíso”.
Áreas de influencia con distancia lineal de 500 mts hacia ambos costados, en la Zona de uso residencial del Plan Regulador Comunal vigente, desde los ejes de las vías:
– Eje vial: 5 oriente – Quillota – Santa Ines – Avenida Alessandri
– Camino Internacional: desde tramo rotonda Sta. Julia hasta Viña Outlet Park
Quilpué y Villa Alemana Terrenos urbanos emplazados a 800 metros, medidos en línea recta desde su punto más cercano hasta el acceso a una estación del sistema de transporte “Metro de Valparaíso”. En los casos de las estaciones Quilpué y El Sol la distanca podrá ser de 1.000 metros.
O´Higgins Rancagua Polígono conformado por Avda. La Compañía, Avda. República de Chile, Avenida Uruguay, Avda. El Sol, Límite comunal Rancagua – Machalí, Avda. Miguel Ramirez, Avda. Libertador Bernardo O`Higgins. 100.000
Ñuble Chillán Polígono conformado por Avda. Brasil, Avda. Collin, Avda. O’Higgins, Calle Tegualda, Las canoas, Alonso de Ercilla, Barros Arana, Variante Collin, Cristóbal Colón, Covadonga, Los Puelches, Las Rosas, Chacabuco, Avda. Vicente Mendez, Diego de Almagro, Longitudinal sur y Avda. Ecuador. 100.000
Maule Talca Polígono conformado por la calle 2 Sur, calle 10 Oriente, calle 1 Sur, la Línea férrea, calle 12 Sur y calle 5 Oriente. 150.000
Polígono conformado por las calles 2 Norte, 12 Oriente A, Calle 9 Norte, 17 Oriente, Avenida Circunvalación Norte, Caletera Ruta 5 Sur.
Polígono conformado por las calles Caletera Ruta 5 Sur, 2 Norte, 23 Oriente, Avenida San Miguel, Avenida Puertas Negras y calle 8 Sur.
Polígono Conformado por las Calles 24 Norte, 24 ½ Norte, 24 ½ Norte A,  Av. Sandoval, 21 Norte, Ramadillas de Lircay, 32 Oriente, 21 Oriente y 22 ½ Oriente A
Biobío Área 1: en las comunas de Concepción, Talcahuano y Hualpén 150.000
a) Zona de Renovación Urbana definida mediante la Res. Exenta N°843 (V. y U.), de fecha 6 de abril de 1995, y sus modificaciones.
b) Terrenos urbanos emplazados a 1.000 metros medidos en línea recta desde el punto más cercano hasta el acceso a una estación del sistema de transporte “Biotren”, o a un corredor de transporte público, o 500 mts. de paradero en vía de transporte público de 2 o más recorridos.
Área 1: en las comuna de Chiguayante
a) Intersección de Río Biobío con proyección de calle Walter Schaub, 8 Oriente, Bilbao, proyección Bilbao, río Biobío.
Intersección de río Biobío con Pinares, Camino Línea Férrea, O’Higgins Poniente, Esperanza, Av. Manuel Rodríguez, Calle Porvenir, Costanera río Biobío, río Biobío.
Área 1: en la comuna de San Pedro de la Paz
 Segunda Longitudinal con Daniel Belmar, Ruta 160, Av. Las Araucarias, Las Araucarias (El Callejón de Vitoco), 3 Poniente, Ruta 160, Calle Uno, Av. Costanera, Av. 4 Norte, Av. Las Torres, Segunda Longitudinal.
Área 2: En comunas de San Pedro de la Paz y Chiguayante, en zonas no incluidas en las Áreas 1 100.000
Terrenos urbanos emplazados a 500 metros, medidos en línea recta desde el punto más cercano hasta el acceso a una estación del sistema de transporte “Biotren”, o a un corredor de transporte público, o paradero en vía de transporte público de 2 o más recorridos.
Área 2: En la comuna de Coronel:
Terrenos urbanos emplazados a 800 metros, medidos en línea recta desde su punto más cercano hasta el acceso a una estación del sistema de transporte “Biotren”.
En la comuna de Coronel polígono conformado por la Calle Quiñenco por el Norte, Calles Millantú y proyección Millantú por el Oriente, Calle Nueva 2 (proyectada en PRC) por el Sur hasta calle Llacolén., desde ese punto hacia ruta 160 (Ex Bypass), hacia el Poniente hasta Camino Viejo La Mora y hasta Calle Quiñenco por el poniente.
Araucanía Área 1: comuna de Temuco 100.000
a) Zonas de Renovación Urbana definidas mediante la Resolución Exenta N° 843, (V. y U.), de fecha 6 de abril de 1995 y sus modificaciones.
b) Polígono delimitado por calle Los Maitenes; calle Teodoro Schmidt; canal Gibbs; Av. Prieto Norte; Av. Pedro de Valdivia; Av. Javiera Carrera, inserto en Zona de Interés Público
c) Polígono delimitado por Av. Recabarren; Av. Caupolicán; Ribera del Rio Cautín y calle Miguel Paraday.
Área 2: comuna de Padre Las Casas
Terrenos ubicados al interior del límite urbano definido por el Plan Regulador vigente
Los Ríos Valdivia Área delimitada por la calle Yerbas Buenas, Aníbal Pinto, Carampangue, Av. Arturo Prat, Av. Pedro Montt, calle Baquedano, Aníbal Pinto, Santiago Bueras, callejón Di Biaggio y Río Calle Calle. 100.000
Eje estructurante de Av. Ramón Picarte en 135m de ancho hacia el lado oriente hasta la calle Ignacio de la Carrera, Av. Circunvalación Sur, Av. Errázuriz y Avenida Pedro Montt.
Área definida por la calle Martinez de Rosas, Ignacio de la Carrera, lado sur de la nueva Circunvalación Norte, calle Los Encinos, Av. Circunvalación intersección calle Príncipe Felipe, Av. Errázuriz y Av. Ramón Picarte.
Sector Las Ánimas, área definida por Avenida Pedro Aguirre Cerda, calle Los Maitenes, calle 19 de junio y límite urbano de la comuna. Con una medida de frente aproximada de 1.500 mts. por Av. Pedro Aguirre Cerda y fondo definido por el límite urbano con una medida aproximada de 400 mts. por calle Los Maitenes y calle 19 junio.
Área definida por calle Sedeño, calle Isabel Rodas, calle Los Conales y borde de Río Calle – Calle. Incluye terreno a ambos lados de la Av. Pedro Aguirre Cerda.
Los Lagos Osorno Zonas de Renovación Urbana definidas mediante Resolución Exenta N° 843, (V. y U.), de fecha 6 de abril de 1995. 100.000
Polígono compuesto por limite urbano sector Pilauco, población Maximiliano Kolbe, Calle German Hube, Guillermo Francke y Fuschlocher.
Polígono compuesto por calles Buenos Aires, Amador Barrientos, Avda. Alcalde rene Soriano, Avda. Francia, Le Mans, Cesar Ercilla, Santiago de Rosas, Avda. Zenteno.
Polígono compuesto por calles Avda. Juan Mackenna, Manuel Bulnes, Ines de Suarez, Los Gorriones, Sauzal, Martin Ruiz de Gamboa y Rio Rahue.
Polígono compuesto por Ruta U-40 camino a la costa, Zapiga, Parinacota, Avda. Real, Acapulco,  Haití, Avda. Pacifico, Dublé Almeida, Chorrillos, Quillota, Bellavista, Galicia, Madrid, Granada y camino la Misión.
Puerto Montt Polígono compuesto por calles  Avenida  Presidente Ibáñez (Centro Cívico), cuesta de calle O’Higgins;  Padre Harter,  calle Regimiento, Juan Soler Manfredini, Centro.
Polígono compuesto por calle El Teniente (Sector Hospital), Avda. Austral, Avda. Volcán Puntiagudo, Avda. Ramon Munita, 22 de Abril.
Polígono compuesto por calles Granítica (Cardonal), Ruta 5, Avda. Alessandri, Avda. Dagoberto Godoy, Diego de Almagro Norte, Avda. Cardonal
Aysén Coyhaique Polígono conformado por Calle Manuel Rodriguez hacia el Oriente hasta la Calle Gral. Baquedano, gira hacia el Sur hasta la Calle Gral. Parra hacia el Poniente hasta Calle 21 de Mayo, por Calle Gral. Parra hacia el Poniente hasta Calle Arturo Prat, gira hacia el Sur hasta Av. Francisco Bilbao, por Calle Arturo Prat hacia el Sur hasta Av. Presidente Errazuriz, gira hacia el Poniente hasta Calle Magallanes, gira hacia el Norte hasta Av. Francisco Bilbao, hacia el Norte por Calle Magallanes hasta Calle Balmaceda, por Calle Magallanes hacia el Norte hasta Calle José Miguel Carrera, gira hacia el Oriente hasta Calle Pdte. Carlos Ibáñez, gira hacia el Norte hasta Calle Manuel Rodriguez. 50.000
Magallanes Punta Arenas Polígono conformado por las calles Costanera del Rio Norte, Avenida España, Rómulo Correa, Cirujano Videla, Manuel Aguilar y Avda. Frei. 50.000
Polígono conformado por las calles las Heras, Patagona, Ramón Carnicer, Arauco, Daniel Briceño, Manuel Señoret, Av. Guillermo Pérez de Arce, Rancagua, Avda. Independencia y calle Chiloé.
Metropolitana Área 1: 350.000
a)     Área contenida al interior del anillo conformado por las Avenidas Circunvalación Américo Vespucio y Ossa.
b)     Territorio de las comunas de La Florida, Peñalolén y La Reina.
Área 2: 150.000
a)     Territorio correspondiente a las comunas de la provincia de Santiago, a excepción de La Florida, Peñalolén y La Reina, ubicado al exterior del anillo conformado por las Avenidas Circunvalación Américo Vespucio y Ossa.
b)     Comunas de Puente Alto y San Bernardo.
Total Nacional 2.050.000

La selección de postulaciones se hará en estricto orden de prelación, según el puntaje de mayor a menor obtenido por cada grupo, hasta agotar los recursos disponibles. Los grupos obtendrán puntaje por los siguientes conceptos:

1. Valor del terreno: Puntaje según el porcentaje en que exceda el valor de venta del terreno, respecto al de tasación practicada por el SERVIU:

 

Donde “Diferencia tasación” corresponde al porcentaje en que exceda el valor de venta del terreno, respecto al de tasación practicada por el SERVIU, expresada como numeral.

El puntaje máximo a obtener por este concepto será de 500 puntos. Por otra parte, si el valor de venta del terreno es igual o inferior a la tasación SERVIU, también se obtendrán 500 puntos.

2. Localización: 50 puntos por cada indicador que cumpla el terreno de:

ÁMBITO INDICADOR:
Distancia máxima recorrible peatonalmente a través de un bien nacional de uso público existente o proyectado con financiamiento público aprobado para su ejecución, desde el punto más cercano del terreno
MOVILIDAD 1.000 metros de una ciclovía segregada físicamente conforme a lo señalado en el artículo 2.3.2 bis, letra a), de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
EQUIPAMIENTO 2.500 metros de un equipamiento comercial, deportivo o cultural de escala mediana o mayor según los artículos 2.1.33 y 2.1.36 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
ÁREAS VERDES 1.000 metros de un área verde pública conformada, de superficie igual o mayor a 5.000 metros cuadrados.
2.000 metros de un parque público conformado, de superficie igual o mayor a 1,5 hectáreas.
SERVICIOS 1.500 metros de un cuartel de Carabineros de Chile, con categoría de subcomisaria o superior.
2.000 metros de un cuartel de Bomberos reconocido por la Junta Nacional del Cuerpo de Bomberos de Chile.
TRANSPORTE Para el caso de la Región Metropolitana, 1.000 metros de una estación existente o proyectada de la red de transporte de pasajeros “Metro S.A.”. Para estos efectos, se considerarán las estaciones existentes, las que se encuentren en la etapa de ejecución de obras o las que estén recomendadas satisfactoriamente en el Sistema Nacional de Inversiones para la etapa de diseño y cuenten con presupuesto asignado para ello.
1.000 metros del eje de corredores existentes para buses de transporte público definidos por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Para regiones diferentes a la Metropolitana, 500 metros de paraderos con al menos dos líneas de buses de transporte público.

Aquellos terrenos que se encuentren en Área 2, obtendrán 20 puntos por cada indicador.

3. Tamaño del proyecto: Puntaje según el número de viviendas del proyecto:

N° Viviendas Puntos
Hasta 30 viviendas 150 puntos
Sobre 30 y hasta 70 viviendas 100 puntos
Sobre 70 y hasta 160 viviendas 50 puntos

4. En caso de empate en el puntaje que determine la prelación de los postulantes, éste se dirimirá aplicando la metodología y factores de puntaje de selección regulares (artículos 23 y 24 del D.S. N°49, (V. y U.), de 2011).

AHORRO MINIMO

10 Unidades de Fomento mínimo, para postulantes ubicados en el 40% de la población más vulnerable según Calificación Socioeconómica del Registro Social de Hogares.

15 Unidades de Fomento para postulantes ubicados sobre el 40% y hasta el 90% de la población más vulnerable según Calificación Socioeconómica del Registro Social de Hogares.

Para la adquisición del terreno, existirá un subsidio especial (cuyos montos aparecen señalados en la resolución adjunta en esta publicación). Si los recursos para pagar el terreno, son insuficientes, lo que falte deberá cumplirse con un mayor ahorro de las familias y un subsidio adicional.

CALIFICACIÓN SOCIOECONÓMICA

Para la conformación de los proyectos postulantes se debe considerar lo siguiente:

  • A lo menos el 70% de sus integrantes deberá pertenecer al 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares.
  • Hasta un 30% de los integrantes podrá estar situado sobre el 40 y hasta el 90% más vulnerable de la población según el Registro Social de Hogares.

¿Qué se debe hacer para optar al subsidio del Fondo Solidario de Elección de Vivienda en esta modalidad?

1. Pertenecer a un grupo organizado conforme a la Ley de Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias (N°19.418). También pueden postular cooperativas de vivienda abiertas y cerradas. La postulación podrá considerar hasta 299 familias, con excepción a la Región Metropolitana que podrá considerar hasta un total de 480 familias.   Recordar que:

  1. A lo menos el 70% de sus integrantes deberá pertenecer al 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH).
  2. Respecto el ahorro, el mínimo es de 10 ó 15 Unidades de Fomento dependiendo del tramo de la RSH al que pertenezca cada persona.
  3. Si corresponde, de acuerdo al valor del terreno que se presente con la postulación y cobertura del subsidio dispuesto para su adquisición, presentar ahorro adicional
  4. Y, cada integrante debe cumplir todos los requisitos del Programa y no estar afecto a los impedimentos que se establecen, como tener propiedad, estar postulando a otro programa habitacional o haber tenido beneficio habitacional anteriormente.

2. Los grupos postularán para la adquisición preliminar del terreno en el que se desarrollará el proyecto, sin que les sea exigible presentar un proyecto habitacional,

3. Los terrenos a adquirir mediante este Llamados deberán emplazarse total o parcialmente (ha, en áreas urbanas o de extensión urbana de los territorios o polígonos señalados, y contar con norma urbanística vigente para el desarrollo del proyecto habitacional.

4. cumplan al menos con las siguientes características:

  1. Que el terreno se encuentre a una distancia no superior a 200 metros de una vía de servicio o de rango superior existente, y con acceso directo a ella a través de una vía cuya urbanización esté ejecutada al 100%, o que considere su ejecución al 100% como parte del proyecto presentado. Para proyectos que consideren un máximo de 70 viviendas, el terreno podrá deslindar con una vía local.
  2. Que él o los establecimientos de educación existentes más cercanos, que en conjunto cuenten con los niveles educacionales operativos de pre-básica, básica, se encuentren ubicados a una distancia no mayor a 1.000 metros, y para educación media a una distancia no mayor a 1.500 metros, en todos los casos recorrible peatonalmente, medidos desde el punto más cercano del terreno donde se desarrollará el proyecto.
  3. Que el establecimiento de salud primaria o de nivel superior de atención existente más cercano, se encuentre ubicado a una distancia recorrible peatonalmente no mayor a 1.500 metros, medidos desde el punto más cercano del terreno donde se desarrollará el proyecto. De cumplir con 5 de los indicadores de la tabla inserta en el cuadro. siguiente, la distancia a este servicio podrá ser de hasta 2.250 metros, medidos de la forma señalada.
  4. Cumplir con al menos 4 de los indicadores de localización adicionales o 5 en terrenos de más de 299 viviendas:
ÁMBITO INDICADOR:
Distancia máxima recorrible peatonalmente a través de un bien nacional de uso público existente o proyectado con financiamiento público aprobado para su ejecución, desde el punto más cercano del terreno
MOVILIDAD 1.000 metros de una ciclovía segregada físicamente conforme a lo señalado en el artículo 2.3.2 bis, letra a), de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
EQUIPAMIENTO 2.500 metros de un equipamiento comercial, deportivo o cultural de escala mediana o mayor según los artículos 2.1.33 y 2.1.36 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
ÁREAS VERDES 1.000 metros de un área verde pública conformada, de superficie igual o mayor a 5.000 metros cuadrados.
2.000 metros de un parque público conformado, de superficie igual o mayor a 1,5 hectáreas.
SERVICIOS 1.500 metros de un cuartel de Carabineros de Chile, con categoría de subcomisaria o superior.
2.000 metros de un cuartel de Bomberos reconocido por la Junta Nacional del Cuerpo de Bomberos de Chile.
TRANSPORTE Para el caso de la Región Metropolitana, 1.000 metros de una estación existente o proyectada de la red de transporte de pasajeros “Metro S.A.”. Para estos efectos, se considerarán las estaciones existentes, las que se encuentren en la etapa de ejecución de obras o las que estén recomendadas satisfactoriamente en el Sistema Nacional de Inversiones para la etapa de diseño y cuenten con presupuesto asignado para ello.
1.000 metros del eje de corredores existentes para buses de transporte público definidos por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Para regiones diferentes a la Metropolitana, 500 metros de paraderos con al menos dos líneas de buses de transporte público.

5. Si la postulación resulta seleccionada, se adquirirá el terreno, aplicando el ahorro comprometido.

6. La Entidad Patrocinante, dentro del plazo de 90 días corridos a partir de la publicación en el Diario Oficial de la resolución que selecciona los grupos organizados, deberá presentar el Diagnóstico Participativo del Plan de Acompañamiento Social, y tendrá un plazo máximo de 12 meses para presentar el proyecto habitacional

7. El proyecto debe estar aprobado por todas las familias que integran el Comité.

8. El proyecto es evaluado por SERVIU, para lo cual existen plazos para emitir observaciones y para que éstas sean corregidas por la Entidad Patrocinante.

9. Durante todo el proceso de preparación, evaluación y ejecución del proyecto, las familias deben participar activamente.

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Documentos del Llamado

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