Beneficios Vivienda

Información para Familias, con o sin subsidio, interesadas en incorporarse a Proyectos DS 19.

¿En qué consiste el Programa?

Permite a familias de diferentes realidades socioeconómicas que buscan adquirir su primera vivienda con apoyo del Estado, acceder a proyectos habitacionales en barrios bien localizados y cercanos a servicios, con estándares de calidad en diseño, equipamiento y áreas verdes.
Las familias que tienen un subsidio para comprar una vivienda lo pueden aplicar en estos proyectos habitacionales, en la medida que existan viviendas por el valor correspondiente a su beneficio.

De igual forma, las familias o personas que no tienen un subsidio habitacional también pueden acceder a viviendas de estos proyectos, siempre y cuando cumplan con los requisitos de postulación al Subsidio para Sectores Medios, DS1

Para comprar una vivienda:

Puedes acceder a este programa con los siguiente Subsidios:

  • Fondo Solidario DS174 o DS49
  • DS1 Tramo 1 (ex Título I tramo 1) Subsidio Sectores Medios (*)
  • Segunda Oportunidad (2013)
  • Subsidio destinado a daminificados a partir del 2014
Me permite adquirir una vivienda de:
HASTA 1.100 UF (*)
¿Cómo se paga mi vivienda?
AHORRO + SUBSIDIO + BONOS Queda pagada en su totalidad
¿Me pueden cobrar por gastos operacionales y de escrituración?
NO El subsidio incluye un aporte adicional de hasta 10 UF  para dichos gastos.
Si el proyecto es de mi interés ¿qué pasos debo seguir?
  • Paso 1: Tomar contacto con las inmobiliarias o constructoras que desarrollan el proyecto.
  • Paso 2: Visitar la sala de ventas del proyecto inmobiliario seleccionado y verificar si existen cupos disponibles.
  • Paso 3: Gestionar la reserva de la vivienda elegida con la Inmobiliaria o Constructora que desarrolla el proyecto.

NOTAS:
Estos 3 Pasos solo son válidos para familias de menores ingresos que están buscando un cupo de vivienda en Proyectos DS 19, que han sido seleccionados en Llamados a Concurso de Proyectos del MINVU y SERVIU, realizados antes del año 2022.

Si, por el contrario, las familias de menores ingresos desean incorporarse en un Proyecto DS 19 seleccionado a partir del año 2022, deben obligatoriamente inscribirse en el Nuevo sistema de inscripción Programa de Integración Social y Territorial (DS19) que figura pulsando aquí.

Si ya estoy inscrito en el proyecto debo solicitar a la entidad:
Comprobante de inscripción al proyecto

(*)Sólo en caso de no existir cupo para viviendas de 1.100 UF puede optar a viviendas de hasta 1.400 UF (**)En las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Aysén, Magallanes y Antártica Chilena, Provincia de Chiloé y las comunas de Palena, Isla de Pascua y Juan Fernández el valor máximo puede llegar hasta las 1.200 UF

Plan de Integración Social, para proyectos habitacionales DS 19

El Plan de Integración Social tiene como objetivo, apoyar a las familias en el proceso de instalación de sus viviendas, a favorecer su integración en el nuevo barrio y a fortalecer la cohesión social entre todas las familias que cohabitan en un Proyecto DS 19.

Es un conjunto de 5 actividades (como mínimo) que la Entidad Desarrolladora de un Proyecto DS 19 debe realizar con las familias inscritas en dicho Proyecto, con el fin de:

  • Informar respecto al desarrollo y avance de la obra.
  • Orientar a las y los copropietarios en materia de promoción de sus derechos y deberes.
  • Vincular a la comunidad con las redes de atención local.
  • Fortalecer el vínculo vecinal y la cohesión de la comunidad, facilitando la integración.

Las actividades deben realizarse considerando la participación conjunta de todas las familias del Proyecto DS 19.

El Plan de Integración Social tiene un valor de 5 UF por cada asignatario, que es pagado por el SERVIU a la Entidad Desarrolladora o a un Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (PSAT), que haya sido contratado por la Entidad antes mencionada, para ejecutarlo.

El Plan de Integración Social se rige mediante la Resolución Exenta N° 5.957, (V. y U.), de 11 de mayo de 2017, Publicada en Diario Oficial de 16 de mayo de 2017 (que modifica a la Resolución Exenta N° 6.509, (V. y U.), de 2016), que fija un procedimiento para la ejecución del Plan de Integración Social en el Programa de Integración Social y Territorial, regulado por el D.S. N° 19, (V. y U.), de 2016.

Documentos y Formularios

Declaración Jurada de Postulación de Familias, al Programa Habitacional DS 19
MSWORD - (405 Kb)
Declaración de Núcleo Familiar y de no Propiedad Habitacional
MSWORD - (383 Kb)

Folleto DS 19

Programa de Integración Social y Territorial, Viviendas Nuevas
PDF - (644 Kb)

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