Cerrada

DS49

Llamado en condiciones especiales del DS49 para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos integrados por personas del Programa de Asentamientos Precarios del Ministerio de Vivienda y Urbanismo CERRADO

Programa destinado a familias sin vivienda, que viven en situación de vulnerabilidad social. Este apoyo del Estado permite construir una vivienda (casa o departamento) sin crédito hipotecario en sectores urbanos o rurales.

El llamado está especialmente dirigido para grupos que tengan asociado un proyecto de construcción en nuevos terrenos (Conjunto de viviendas a construir que incluye urbanización, equipamiento y áreas verdes, con un mínimo de 10 y un máximo de 160 viviendas) integrado por personas del Programa de Asentamientos Precarios.

Llamado año 2022 en condiciones especiales para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos integrados por familias del Programa de Asentamientos Precarios

Dispuesto por Resolución Exenta N°217, de (V. y U.), del 17/02/2022, (Publicada en el Diario Oficial el 21/02/2022)

Resultados

Resolución Exenta N°633, (V. y U.), de 2023 Selección complementaria de proyecto de Construcción de Nuevos Terrenos integrado por personas del Programa de Asentamientos Precarios, calificado al 27 de diciembre de 2022, aprobada por Res Ex 633, (V. y U.), de 2023.
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Nómina de Beneficiados en la Selección complementaria del Llamado para proyectos de Construcción de Nuevos Terrenos integrados por personas del Programa de Asentamientos Precarios calificados al 27 de diciembre de 2022, Res Ex 633, (V. y U.), de 2023.
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Resolución Exenta N°442, (V. y U.), de 2023 Selección de proyecto de Construcción de Nuevos Terrenos integrado por personas del Programa de Asentamientos Precarios, calificado al 27 de diciembre de 2022, aprobada por Res Ex 442, (V. y U.), de 2023.
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Nómina de Beneficiados en la Selección del Llamado para proyectos de Construcción de Nuevos Terrenos integrados por personas del Programa de Asentamientos Precarios calificados al 27 de diciembre de 2022, Res Ex 442, (V. y U.), de 2023.
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Resolución Exenta N°1710, (V. y U.), de 2022 Selección de proyecto de Construcción de Nuevos Terrenos integrado por personas del Programa de Asentamientos Precarios, calificado al 30 de agosto de 2022, aprobada por Res Ex 1710, (V. y U.), de 2022.
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Nómina de Beneficiados en la Selección del Llamado para proyectos de Construcción de Nuevos Terrenos integrados por personas del Programa de Asentamientos Precarios calificados al 30 de agosto de 2022, Res Ex 1710, (V. y U.), de 2022.
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Resolución Exenta N°1171, (V. y U.), de 2022 Selección de proyecto de Construcción de Nuevos Terrenos integrado por personas del Programa de Asentamientos Precarios, calificado al 5 de mayo de 2022, aprobada por Res Ex 1171, (V. y U.), de 2022.
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Nómina de Beneficiados en la Selección del Llamado para proyectos de Construcción de Nuevos Terrenos integrados por personas del Programa de Asentamientos Precarios calificados al 5 de mayo de 2022, Res Ex 1171, (V. y U.), de 2022.
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Resolución Exenta N°868, (V. y U.), de 2022 Selección de proyecto de Construcción de Nuevos Terrenos integrado por personas del Programa de Asentamientos Precarios, calificado al 7 de marzo de 2022, aprobada por Res Ex 868, (V. y U.), de 2022.
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Nómina de Beneficiados en la Selección del Llamado para proyectos de Construcción de Nuevos Terrenos integrados por personas del Programa de Asentamientos Precarios calificados al 7 de marzo de 2022, Res Ex 868, (V. y U.), de 2022.
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Postulación COLECTIVA para Proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos, que se encuentren calificados por el SERVIU, en forma condicional o definitiva.

Pueden postular los proyectos habitacionales antes mencionados, que cuenten con Calificación hasta los días 07 de marzo, 05 de mayo, 25 de agosto y 27 de diciembre de 2022, considerando un total de recursos por 1.693.074 Unidades de Fomento. Participan todas las Regiones del país.

La selección se realizará en las fechas indicadas en el llamado, entre los proyectos que cumplan con los requisitos y condiciones regulares del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda y especiales del presente llamado a postulación. Los resultados se establecerán por estricto orden de prelación y hasta agotar la totalidad de los recursos que son asignados en este Llamado.

AHORRO REQUERIDO

10 Unidades de Fomento mínimo, ubicadas en el 40% de la población más vulnerable según Calificación Socioeconómica del Registro Social de Hogares.

15 Unidades de Fomento para postulantes que se ubiquen sobre el 40 y hasta el 90% de la población más vulnerable según Calificación Socioeconómica del Registro Social de Hogares.

Las personas pertenecientes al Registro de Familias del Programa de Asentamientos Precarios están autorizadas a postular con un ahorro mínimo de 7 Unidades de Fomento, pudiendo enterar las 3 Unidades de Fomento que restan para completar el monto de ahorro mínimo hasta la firma del acta de entrega del terreno. Asimismo, están autorizadas a enterar hasta la fecha del acto antes señalado, el monto de ahorro adicional, en caso que corresponda, para recibir el subsidio de incentivo y premio al ahorro.

Las personas damnificadas que integren cualquiera de los Registros de Damnificados del MINVU, sean parte de los proyectos que participen de este Llamado, no deberán cumplir con el requisito del ahorro mínimo.

CALIFICACIÓN SOCIOECONÓMICA

Para la conformación de los proyectos postulantes se debe considerar lo siguiente:

Las familias pertenecientes al Registro de Familias del Programa de Asentamientos Precarios, están eximidas del tramo de Calificación Socioeconómica, según el Registro Social de Hogares.

Respecto del conjunto de postulantes de un proyecto que no pertenezcan al Registro de Familias del Programa de Campamentos, a lo menos el 70% de ellos deberán pertenecer al 40% más vulnerable de la población y hasta un 30% podrá estar situado sobre el 40% y hasta el 90% más vulnerable de la población según el Registro Social de Hogares.

¿CÓMO SE POSTULA COLECTIVAMENTE CON PROYECTO EN ESTE LLAMADO ESPECIAL PARA FAMILIAS DE CAMPAMENTOS?

PASO A PASO:

  1. Pertenecer a un grupo organizado entre 10 a 160 integrantes. En este Llamado, no es requisito contar con Personalidad Jurídica. Recordar que:
    • Los proyectos habitacionales, deben estar integrados a lo menos en un 50% por familias atendidas por el Programa de Asentamientos Precarios del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, respecto a la cabida total de viviendas (considerando a las familias que postulan y las que están adscritas con subsidio). Entre las familias que postulan, al menos el 25% deben pertenecer al Registro de Familias del Programa de Asentamientos Precarios.
    • Las personas que pertenecen al Registro de Familias del Programa de Asentamientos Precarios están autorizadas a postular con un ahorro mínimo de 7 Unidades de Fomento,, están eximidas de cumplir con el tramo del Registro Social de Hogares (RSH) del 40%. Entre las personas que no pertenezcan a Campamentos, a lo menos el 70% de sus integrantes deberá pertenecer al 40% más vulnerable de la población, según el RSH.
    • Respecto al ahorro, el mínimo es de 10 ó 15 Unidades de Fomento dependiendo del tramo de la RSH al que pertenezca cada persona. En algunos casos, dependiendo del tipo de proyecto, se debe contar con ahorro adicional. Las personas pertenecientes al Registro de Familias del Programa de Asentamientos Precarios están autorizadas a postular con un ahorro mínimo de 7 Unidades de Fomento, pudiendo enterar las 3 Unidades de Fomento que restan para completar el monto de ahorro mínimo hasta la firma del acta de entrega del terreno. Asimismo, están autorizadas a enterar hasta la fecha del acto antes señalado, el monto de ahorro adicional, en caso que corresponda, para recibir el subsidio de incentivo y premio al ahorro. Las personas damnificadas que integren cualquiera de los Registros de Damnificados del MINVU, sean parte de los proyectos que participen de este Llamado, no deberán cumplir con el requisito del ahorro mínimo.
    • Cada integrante debe cumplir todos los demás requisitos del Programa y no presentar impedimentos, tales como tener propiedad, estar postulando a otro programa habitacional o haber tenido beneficio habitacional anteriormente.
  2. El grupo debe contar con la asesoría de una Entidad Patrocinante (Persona natural o jurídica, pública o privada, con o sin fines de lucro, cuya función es la de desarrollar proyectos habitacionales y/o técnicos, destinadas a familias de este Programa).
  3. La Entidad debe presentar un proyecto habitacional para la Construcción de un loteo o Copropiedad en un terreno, que puede ser del comité, de la Entidad Patrocinante, de la Empresa Constructora o adquirirse cuando se obtenga el subsidio.
  4. El proyecto debe estar aprobado por todas las familias que integran el Comité.
  5. El proyecto es evaluado por SERVIU, para lo cual existen plazos para emitir observaciones y para que éstas sean corregidas por la Entidad Patrocinante.
  6. Una vez que el proyecto resulte calificado por SERVIU, pueden participar en la selección que se dispone con este Llamado.
  7. Durante todo el proceso de preparación, evaluación y ejecución del proyecto, las familias deben participar activamente.

¿Necesitas mayor información?

Entra a Preguntas Frecuentes para conocer más sobre cómo postular.


Documentos del Llamado

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