Cerrada

DS49

Llamado en condiciones especiales del DS49 para Construcción en Sitio Propio, Densificación Predial y Pequeño Condominio, incluyendo el procedimiento de Autoconstrucción Asistida, para familias cuyas viviendas se vieron afectadas por el incendio ocurrido en las regiones de Ñuble, Biobío y La Araucanía. 2023 CERRADO

Llamado destinado a familias cuyas viviendas de vieron afectadas por el incendio ocurrido en las regiones de Ñuble, Biobío y La Araucanía en los meses de enero y febrero del año 2023.

El llamado permitirá a las familias y grupos construir viviendas en las tipologías de proyecto de Construcción en Sitio Propio (Edificación de una vivienda en un sitio que pertenece a la persona que es beneficiaria), Densificación Predial (Construcción de una o dos viviendas en un sitio donde ya existen una o más propiedades habitacionales) o Pequeño Condominio (Condominio de entre 2 y 12 viviendas en un terreno urbano que puede considerar equipamiento comunitario).

Llamado año 2023 en condiciones especiales, Construcción en Sitio Propio, Densificación Predial y Pequeño Condominio, incluyendo el procedimiento de Autoconstrucción Asistida.

Dispuesto por Resolución Exenta N° 597, de (V. y U.), del 13/03/2023. (Publicada en el Diario Oficial el 17/03/2023)

Postulación INDIVIDUAL Y COLECTIVA para Proyectos de Construcción en Sitio Propio, Densificación Predial y Pequeño Condominio, incluyendo el procedimiento de Autoconstrucción Asistida, que se encuentren calificados por el SERVIU, en forma condicional o definitiva. Podrán presentarse “Intervenciones de Micro Radiación” que contemplen todas o algunas de las tipologías señaladas, para un mismo grupo organizado postulante.

Pueden postular los proyectos habitacionales antes mencionados, que cuenten con Calificación hasta el día 31 de julio de 2023. En cuanto a los recursos destinados al llamado, se consideran un total de 1.620.000 Unidades de Fomento.

La selección se realizará de manera continua, hasta la fecha indicada en el llamado, entre las familias damnificadas por el incendio que afectó a las regiones de Ñuble, Biobío y La Araucanía, que cuentan con Ficha «FIBE» y Ficha «2» del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, con daño no reparable, y sean parte del registro de damnificados.

  • Las familias estarán exentas de ahorro.
  • Deben contar con Ficha «FIBE» y Ficha «2» del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, con daño no reparable, y ser parte del registro de damnificados.
  • Las familias y los grupos organizados estarán exentas de cumplir con el tramo del Registro Social de Hogares.

¿Qué se debe hacer para optar al subsidio del Fondo Solidario de Elección de Vivienda en esta modalidad?

  1. Ser una de las familias damnificadas por el incendio que afectó a las regiones de Ñuble, Biobío y La Araucanía, que cuentan con Ficha «FIBE» y Ficha «2» del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
  2. La familia o el grupo organizado debe contar con la asesoría de una Entidad Patrocinante (Persona natural o jurídica, pública o privada, con o sin fines de lucro, cuya función es la de desarrollar proyectos habitacionales y/o técnicos). Opcionalmente, puede ser asesorado por un Equipo Técnico Profesional, y en los casos individuales de un Profesional Independiente.
  3. La Entidad debe presentar un proyecto habitacional para la Construcción de un loteo o Copropiedad en un terreno.
  4. El proyecto debe estar aprobado por la o las familias.
  5. Para la postulación del proyecto, la Entidad Patrocinante, Equipo Técnico Profesional, o profesional independiente seleccionado ingresa al SERVIU un expediente compuesto por la información técnica (proyecto de arquitectura, especificaciones técnicas, presupuesto, etc.), social, familiar y legal (título de dominio vigente de la vivienda catastrada puede ser: inscripción de herencia, escrituras, certificado de hipotecas y gravámenes, etc.)
  6. El proyecto es evaluado por SERVIU, para lo cual existen plazos para emitir observaciones y para que éstas sean corregidas por la Entidad Patrocinante, Equipo Técnico Profesional, o Profesional Independiente.
  7. A fines de cada mes se entregarán los resultados del proceso de postulación a cargo de la Seremi de Vivienda y Urbanismo de cada región y se otorgará el subsidio. El proceso de información a la ciudadanía se gestionará de acuerdo a lo establecido en el Manual de Reconstrucción, y estará a cargo de los equipos del SIAC regional, y de la Comisión Asesora para la Reducción de Riesgo de Desastres y Reconstrucción.
  8. El beneficiario o beneficiaria que se adjudicó el subsidio deberá firmar el contrato de construcción donde se establece principalmente el plazo de ejecución de las obras con la empresa constructora.
  9. Durante todo el proceso de preparación, evaluación y ejecución del proyecto, las familias deben participar activamente.

¿Necesitas mayor información?

Entra a Preguntas Frecuentes para conocer más sobre cómo postular.


Documentos del Llamado

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