DS49

Llamado en condiciones especiales del DS49 para Construcción en Sitio Propio, Densificación Predial y Pequeño Condominio, incluyendo el procedimiento de Autoconstrucción Asistida. VIGENTE

Programa destinado a familias sin vivienda, que viven en situación de vulnerabilidad social. Este apoyo del Estado permite construir una vivienda sin crédito hipotecario en sectores urbanos o rurales.

El llamado está especialmente dirigido para familias y grupos que tengan asociado un proyecto de Construcción en Sitio Propio (Edificación de una vivienda en un sitio que pertenece a la persona que desea postular), Densificación Predial (Construcción de una o más viviendas en un sitio donde ya existen una o más propiedades habitacionales) o Pequeño Condominio (Condominio de entre 2 y 12 viviendas en un terreno urbano que puede considerar equipamiento comunitario).

Llamado año 2025 en condiciones especiales, Construcción en Sitio Propio, Densificación Predial y Pequeño Condominio, incluyendo el procedimiento de Autoconstrucción Asistida.

Dispuesto por Resolución Exenta N° 250, de (V. y U.), del 14/02/2025. (Publicada en el Diario Oficial el 24/02/2024)

Postulación INDIVIDUAL Y COLECTIVA para Proyectos de Construcción en Sitio Propio, Densificación Predial y Pequeño Condominio, incluyendo el procedimiento de Autoconstrucción Asistida, que se encuentren calificados por el SERVIU, en forma condicional o definitiva. Podrán presentarse “Intervenciones de Micro Radiación” que contemplen todas o algunas de las tipologías señaladas, para un mismo grupo organizado postulante.

Pueden postular los proyectos habitacionales antes mencionados, que cuenten con Calificación hasta los días 20 de marzo, 27 de mayo, 24 de julio, 25 de septiembre, y 27 de noviembre. En cuanto a los recursos destinados al llamado, estos se distribuyen de la siguiente manera, según alternativa:

<td»>17.633<td»>69.652

Región Alternativa Colectiva
(UF)
Alternativa Individual
(UF)
TOTAL
(UF)
Arica y Parinacota 4.497 5.465 9.962
Tarapacá 30.583 15.614 46.197
Antofagasta 4.497 5.465 9.962
Atacama 15.291 2.342
Coquimbo 48.573 7.807 56.380
Valparaíso 32.382 100.404 132.786
L. Gral. B. O’Higgins 36.879 8.588 45.467
Maule 117.834 92.122 209.957
Ñuble 29.684 17.176 46.859
Biobío 122.332 15.614 137.946
La Araucanía 7.196 65.579 72.775
Los Ríos 12.593 4.685 17.277
Los Lagos 36.879 15.614 52.493
Aysén del Gral. Carlos Ibáñez del Campo 48.573 21.079
Magallanes y Antártica Chilena 21.588 3.903 25.492
Metropolitana 183.497 10.930 194.427
TOTAL PAIS 752.880 392.385 1.145.264

La selección se realizará en las fechas indicadas en el llamado, entre los proyectos que cumplan con los requisitos y condiciones regulares del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda y especiales del presente llamado a postulación. Los resultados se establecerán por orden de aprobación y hasta agotar la totalidad de los recursos que son asignados en este Llamado a cada Región.

AHORRO REQUERIDO

10 Unidades de Fomento mínimo, para postulantes ubicados en el 40% de la población más vulnerable según Calificación Socioeconómica del Registro Social de Hogares.

15 Unidades de Fomento para postulantes ubicados sobre el 40 y hasta el 90% de la población más vulnerable según Calificación Socioeconómica del Registro Social de Hogares.

Para Postulaciones individuales se exigirá 10 unidades de Fomento como ahorro mínimo.

CALIFICACIÓN SOCIOECONÓMICA

Para la conformación de los proyectos postulantes colectivos se debe considerar lo siguiente:

  • A lo menos el 50% de sus integrantes deberá pertenecer al 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares.
  • Hasta un 50% de los integrantes podrá estar situado sobre el 40 y hasta el 90% más vulnerable de la población según el Registro Social de Hogares.
  • En caso de postulación individual, los postulantes de la tipología de Construcción en Sitio Propio podrán pertenecer al 50% más vulnerable según Registro Social de Hogares, y al 40% más vulnerable, en tipología Densificación Predial.

¿Qué se debe hacer para optar al subsidio del Fondo Solidario de Elección de Vivienda en esta modalidad?

  1. Pertenecer a un grupo organizado que esté compuesto entre 2 a 160 integrantes. Recordar que:
    1. A lo menos el 50% de sus integrantes deberá pertenecer al 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH).
    2. Respecto el ahorro, el mínimo es de 10 ó 15 Unidades de Fomento dependiendo del tramo de la RSH al que pertenezca cada persona. En algunos casos, dependiendo del tipo de proyecto se debe contar con ahorro adicional.
    3. Y, cada integrante debe cumplir todos los requisitos del Programa y no estar afecto a los impedimentos que se establecen, como estar postulando a otro programa habitacional o haber tenido beneficio habitacional anteriormente, en el caso de allegados.
  2. El grupo debe contar con la asesoría de una Entidad Patrocinante (Persona natural o jurídica, pública o privada, con o sin fines de lucro, cuya función es la de desarrollar proyectos habitacionales y/o técnicos, destinadas a familias de este Programa). Opcionalmente, puede ser asesorado por un Equipo Técnico Profesional, y en los casos individuales de un Profesional Independiente.
  3. La Entidad debe presentar un proyecto habitacional para la Construcción de un lote o Copropiedad en un terreno, que puede ser propietario del sitio, del Comité, de la Entidad Patrocinante, de la Empresa Constructora o adquirirse cuando se obtenga el subsidio.
  4. El proyecto debe estar aprobado por todas las familias que integran el Comité, o por la persona postulante individual.
  5. El proyecto es evaluado por SERVIU, para lo cual existen plazos para emitir observaciones y para que éstas sean corregidas por la Entidad Patrocinante, Equipo Técnico Profesional, o Profesional Independiente.
  6. Una vez que el proyecto resulte calificado por SERVIU, pueden participar en la selección que se dispone con este Llamado.
  7. Durante todo el proceso de preparación, evaluación y ejecución del proyecto, las familias deben participar activamente.

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Entra a Preguntas Frecuentes para conocer más sobre cómo postular.


Documentos del Llamado

Resolución Exenta N° 250, (V. y U.), de fecha 14 de febrero de 2025, para Construcción en Sitio Propio, Densificación Predial y Pequeño Condominio, incluyendo el procedimiento de Autoconstrucción Asistida.
PDF - (1226 Kb)
Resolución Exenta N° 153, (V. y U.), de fecha 30 de enero de 2025, que establece condiciones operativas para los llamados a concurso del FSEV 2025.
PDF - (358 Kb)
Resolución Exenta N° 2.009, (V. y U.), de fecha 30 de diciembre de 2024, que establece condiciones de operación de la Glosa 12 de Asistencia Técnica para Micro Radicación.
PDF - (196 Kb)
Estándar de comportamiento Higrotérmico para viviendas del programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda. Oficio DITEC N°1.163 del 20/07/2023
PDF - (1619 Kb)
Declaración Jurada de Autoconstrucción. Se trata de la misma declaración jurada que deben firmar todos los postulantes al Programa según lo establece la letra i) del artículo 3 del DS49, (V. y U.), de 2011 (DJ49-2), a la cual se le agregó un párrafo para postulantes que apliquen este procedimiento. Eso, según lo dispone el resuelvo 2) de la Resolución Exenta N°7.115, (V. y U.), de 2015
PDF - (380 Kb)
Convenio Profesional a cargo de Asistencia Técnica
PDF - (231 Kb)
Convenio Equipo Técnico Profesional
PDF - (237 Kb)
Anexo Técnico y Cuadro Normativo Abreviado
PDF - (287 Kb)
Listado de Antecedentes de Ingreso de Proyectos
PDF - (204 Kb)
1.1. Informe Territorio Promoción y Activación de Pequeños Condominios
PDF - (15792 Kb)
1.2. Informe Arquitectura Promoción y Activación de Pequeños Condominios
PDF - (6443 Kb)
TABLA ZT REG PROV COMUNAS PDA
VND.MS-EXCEL - (607 Kb)

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