DS49
El Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda (DS N°49 de 2011) está destinado a familias que no poseen vivienda y que estén dispuestas a adscribirse a un proyecto seleccionado en los llamados anteriores del programa.
Este llamado especial, dispuesto en el marco de la Glosa 9 del Presupuesto 2025, permite a las familias acceder a una vivienda sin crédito hipotecario dentro de proyectos habitacionales previamente seleccionados, que cuentan con viviendas en nómina disponibles para asociación.
El objetivo de esta convocatoria es favorecer la adscripción de familias a proyectos habitacionales existentes en ejecución, en los cuales existen viviendas disponibles derivadas de los llamados anteriores del Programa DS 49, bajo las modalidades de adquisición de suelo y construcción en nuevos terrenos.
Resolución Exenta N°2067, (V. y U.), de 2025 Selección del llamado en condiciones especiales para la Adquisición de Vivienda en Nómina de Oferta Disponible de proyectos Construcción en Nuevos Terrenos bajo la modalidad de adquisición de suelo, aprobados al 23 de octubre de 2025, aprobada por Res Ex 2067, (V. y U.), de 2025.
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Nómina de Beneficiados en la Selección del llamado en condiciones especiales para la Adquisición de Vivienda en Nómina de Oferta Disponible de proyectos Construcción en Nuevos Terrenos bajo la modalidad de adquisición de suelo, aprobados al 23 de octubre de 2025, aprobada por Res Ex 2067, (V. y U.), de 2025.
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Primer cierre: 23 de octubre de 2025
Segundo cierre: 28 de noviembre de 2025
Las familias deberán cumplir con los requisitos generales de postulación establecidos en el DS N° 49 (V. y U.) de 2011.
Cada familia deberá acreditar el monto de ahorro exigido por la resolución de selección del proyecto al cual se adscriben, consignado en el respectivo contrato de compraventa del terreno o vivienda.
La Entidad Patrocinante deberá indicar el proyecto y la resolución mediante la cual fue seleccionado, junto con la nómina de viviendas disponibles.
La postulación se formaliza con la obtención del Comprobante de Postulación Aceptada, emitido por el sistema del MINVU.
Las postulaciones serán evaluadas aplicando la metodología y los factores de puntaje señalados en los artículos 23 y 24 del DS N° 49 (V. y U.) de 2011, considerando las adaptaciones establecidas en la resolución del llamado.
Los subsidios otorgados tendrán una vigencia de 36 meses contados desde la fecha de su emisión.
La nómina de postulantes seleccionados será aprobada mediante resolución del Ministro de Vivienda y Urbanismo, publicada en el Diario Oficial y difundida en medios de circulación regional o nacional.
Entra a Preguntas Frecuentes para conocer más sobre cómo postular.