Autoriza o rechaza proyecto de intervención de Inmueble o zona de conservación histórica , de acuerdo al inciso segundo del artículo 60 de la LGUC, lo que permite seguir los trámites administrativos en la Dirección de Obras Municipales respectiva.
A los profesionales y propietarios que deseen intervenir inmuebles con protección de conservación histórica, o zonas de conservación histórica. (Arquitectos y
Ciudadanos)