Programa para Arriendo de Vivienda Llamado Especial a Personas Mayores y Personas con Discapacidad 2023

En que consiste
El Subsidio de Arriendo para Personas Mayores es un aporte temporal que entrega el Estado a las personas mayores de 60 años, para que puedan realizar un pago mensual por el arriendo de una vivienda, de un máximo de 11 a 13 UF. Este subsidio otorga la cobertura de entre un 90 al 95% del monto mensual de arriendo, con copago de un 5 a 10% por parte del beneficiario/a.

MONTO MÁXIMO VALOR ARRIENDO 11 UF Regiones de Coquimbo, Valparaíso, O’Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, Araucanía, Los Ríos y Los Lagos.
13 UF Regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Metropolitana, Aysén y Magallanes.
Este año el beneficio considera a la población adulto mayor y a personas que tengan una condición de discapacidad, independiente de su edad, y no cuenten con una solución habitacional definitiva, ni con ingresos suficientes para el pago de un arriendo.
Requisitos
  • Tener más de 60 años al momento de postular o cumplirlos durante
    este año calendario
  • O presentar una discapacidad acreditada a través de la inscripción en
    el Registro Nacional de la Discapacidad.
  • Pertenecer hasta el 70% del RSH.
  • Acreditar un ingreso mínimo de 5 UF* ($180.000 pesos aproximadamente). Equivale a la pensión asistencial vigente, que sirve como base para acreditar ingresos y cálculo del copago.

* Valor UF al 31-05-2023

¿QUÉ CONSIDERACIONES ESPECIALES TIENE ESTE LLAMADO?
  • No requiere contar con ahorro mínimo.
  • Se otorga puntaje adicional por edad y discapacidad.
  • Desde este 2023, se otorgará puntaje adicional para quienes sean o tengan en su núcleo familiar la calidad inscrita en el Registro Social de Hogares de “persona cuidadora”.
  • Se puede postular sin núcleo familiar.
  • No requiere estar actualmente arrendando una vivienda: pueden postular personas actualmente arrendatarias o que necesitan buscar
    una vivienda para arrendar.
¿QUÉ OTRAS FACILIDADES DA ESTE SUBSIDIO?
Para facilitar el acceso de las personas mayores y con discapacidad a este beneficio, se permite:

  • Estar postulando, simultáneamente, al Fondo Solidario de Elección de Vivienda (DS49).
  • Que el postulante, cónyuge o alguien de su núcleo familiar tenga derecho en comunidad sobre una vivienda.
  • Haber obtenido una vivienda o subsidio habitacional, siempre y cuando ya no sean propietarias de la vivienda.
  • Haber sido beneficiario de un subsidio de arriendo en llamados anteriores, si el beneficio se encuentra caducado y sin deuda vigente
PARA POSTULACIÓN EN LÍNEA:

PARA POSTULACIÓN EN LÍNEA:
a través de la página web
arriendoenlinea.minvu.cl
(requiere Clave Única).

POSTULACIÓN
PRESENCIAL

PARA POSTULACIÓN
PRESENCIAL:
en oficinas Serviu regionales y
sus delegaciones provinciales.