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2° Llamado en condiciones especiales del Subsidio de Arriendo para el Adulto Mayor 2018 CERRADO

Llamado Nacional a Concurso año 2018 para Presentación de proyectos habitacionales de Integración Social y Territorial, D.S. N° 19, (V. y U.), de 2016

Llamado especial destinado a la población adulto mayor que se encuentren dentro del 70% de la población más vulnerable y que no son propietarias de una vivienda, que no tienen capacidad de ahorro y que requieren apoyo para el pago de una renta de arrendamiento pues sus ingresos son insuficientes. Frente a los resultados del 1° llamado especial dirigido a adultos mayores 2018, realizado entre febrero y abril de 2018, se realiza un segundo llamado en 2018 en similares condiciones.

Los no seleccionados del 1° llamado especial dirigido a adultos mayores 2018 serán considerados para esta selección. No deben postular nuevamente.

Individual

Otorga:

Las personas podrán obtener un monto de subsidio diferenciado dependiendo del tramo de RSH, que les permitirá cubrir entre el 90% y 95% del valor del arriendo mensual.

Es decir, si un adulto mayor beneficiado pertenece al 40% de la población más vulnerable y arrienda una vivienda con un monto de renta de $227.000.- el subsidio cubriría $215.650.- y el adulto mayor debe pagar $11.350.- como copago mensual. Si pertenece al 70% el subsidio cubriría $206.570.- y el adulto mayor debe pagar $20.430.- como copago mensual.

Los postulantes seleccionados a este llamado podrán contar con una prestación de servicios de asistencia técnica que asistan en la búsqueda de la vivienda, firma de contrato, entre otro

El 2° llamado especial dirigido a adultos mayores 2018 está abierto desde el 17 de julio de 2018 al 17 de agosto de 2018

  • Ser adulto mayor, tener más de 60 años al momento de postular, o cumplirlos durante este año calendario. Lo anterior se acreditará presentando Cédula de Identidad vigente.
  • Pertenecer al 70% de la población más vulnerable de la población nacional de acuerdo a la calificación socioeconómica vigente.
  • Acreditar un ingreso mínimo equivalente a la pensión asistencial al año 2017 ($102.897, Aprox. 3,8 UF), como base para acreditar ingresos y cálculo del copago.
  • No se debe contar con ahorro mínimo.
  • No debe contar con núcleo familiar. Se puede postular con o sin núcleo familiar.
  • Que el postulante o algún integrante del grupo familiar declarado no se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
  • Ser propietario o asignatario de una vivienda, infraestructura sanitaria, o de un sitio.
  • Ser beneficiario de un subsidio habitacional o tener certificado de subsidio habitacional vigente.
  • Que haya sido declarado como integrante de un grupo familiar beneficiado por el programa de arriendo.

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