09/04/2025 - Noticias

Proyecto que amplía excepciones a la normativa de copropiedad inmobiliaria se aprueba y se va a ley con 24 votos a favor

• La modificación permitirá exceptuar, a los proyectos habitacionales que contaran con algún grado de avance antes de la entrada en vigor de la Ley 21.442 de Copropiedad Inmobiliaria, de las exigencias referidas a la cantidad de estacionamientos y limitaciones a unidades habitacionales, a modo tal de que su finalización de obras y posterior entrega no se vean afectadas.

Proyecto que amplía excepciones a la normativa de copropiedad inmobiliaria se aprueba y se va a ley con 24 votos a favor

Valparaíso, 08 de abril de 2025.- Por 24 votos a favor y 0 en contra, la sala del Senado de la República aprobó el proyecto que modifica la Ley de Copropiedad Inmobiliaria para ampliar las excepciones referidas a la cantidad de estacionamientos y al límite de unidades habitacionales, ambas condiciones que deben cumplir los nuevos condominios de viviendas de interés público.

La iniciativa aprobada y despachada a ley permitirá exceptuar, a los proyectos habitacionales que contaran con un subsidio asignado, calificación del Serviu o su anteproyecto aprobado por la Dirección de Obras Municipales o ingresado para su aprobación, antes del 1 de enero de 2024, de la exigencia indicada en el artículo 60 de la normativa, de contemplar, al menos, un estacionamiento para automóvil por cada unidad destinada a vivienda. Asimismo, para los conjuntos de viviendas sociales que al 1 de enero de 2024 se encontraran con alguno de estos estados de avance, no regirá la restricción expresada en el artículo 70, que limitaba las unidades habitacionales a un máximo de 160 por condominio.

Al respecto, el ministro de Vivienda y Urbanismo, Carlos Montes, explicó que “había un problema de interpretación respecto de la cantidad de estacionamientos que tienen que constituirse en cada copropiedad, acerca de qué ocurría con las viviendas iniciadas antes, con cualquier estado de avance, y que no sea habían adaptado antes a esta norma. Entonces, lo que se dice aquí es que esta norma rige solo para aquellos proyectos que empezaron después del 1 de enero de 2025”.

“Lo mismo pasa con el concepto de condominios. La Ley de Copropiedad Inmobiliaria estableció un máximo de 160 unidades habitacionales por condominio. Sin embargo, había también algunos futuros conjuntos que habían iniciado obras en otros contextos. Y lo que se hizo en estos casos es hacer una interpretación clara respecto de estas dos condiciones, permitiendo que una serie de proyectos sigan avanzando sin tener la preocupación por esta restricción”, añadió.

En esa línea, el secretario de Estado valoró la aprobación de la modificación normativa, relevando que “acá se ha mostrado una voluntad consistente del Congreso de la República de avanzar, de manera transversal, en los temas de vivienda. Esto es muy importante, dado que existe un gran déficit habitacional en nuestro país y requiere ser abordado con unidad nacional y como política de Estado”.

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